12 noviembre 2015

Gobierno niega que decreto 2491 sea un impuestazo

Luego que los trabajadores calificaran al Decreto 2491 como un nuevo "impuestazo", la viceministra de Política Tributaria Susana Ríos negó ayer que se trate de un impuesto al salario y que más bien la medida tiene un carácter administrativo.

La promulgación de la norma, que debía entrar en vigencia desde enero de 2016, generó molestia en algunos sectores laborales que apoyan al Gobierno, como los petroleros y los mineros, quienes indicaron que no permitirán la modificación del actual RC-IVA y que la norma debe ser derogada. Sin embargo, en medio de las negociaciones, el Gobierno propuso que se aplique la modificación luego del referendo de febrero del próximo año, propuesta que se presentará al ampliado que convocó la Central Obrera Boliviana (COB) para este viernes.

Ríos señaló que "no hay ningún impuestazo, esto es falso, el Gobierno no ha establecido ni establecerá la creación de un impuesto al salario". Sin embargo, el considerando de la norma señala "que el Artículo 19 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente), crea un impuesto sobre el ingreso de las personas naturales y sucesiones indivisas denominado Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado – RC-IVA".

Dicha ley fue promulgada durante el Gobierno de Víctor Paz Estenssoro en 1986, para mejorar el control de la emisión de facturas en el país, especialmente para quienes tienen ganancias superiores a los cuatro salarios mínimos.



UNA NORMA CUESTIONADA. La promulgación del Decreto 2491 generó la movilización de algunos sectores laborales, principalmente en la ciudad de Cochabamba, y obligó a los dirigentes de la COB iniciar un proceso de negociación con el Ejecutivo que todavía continúa, debido a que los trabajadores negocian otras demandas de su pliego. El Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), que se encuentra establecido en la Ley 843, señala en el Artículo 19, "con el objeto de complementar el régimen del impuesto al valor agregado, créase un impuesto sobre los ingresos de las personas naturales y sucesiones indivisas, provenientes de la inversión de capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores".

El inciso "d" aclara que son ingresos... "los sueldos, salarios, jornales, sobre sueldos, horas extras, categorizaciones, participaciones, asignaciones, emolumentos, primas, premios, bonos de cualquier clase o denominación, dietas, gratificaciones, bonificaciones, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, incluidas las asignaciones por alquiler, vivienda y otros, viáticos, gastos de representación y en general toda retribución ordinaria o extraordinaria, suplementaria o a destajo". La COB espera que el Gobierno retroceda en su intención de imponer un gravamen a los que ganen más de Bs 5.700 a partir de 2016.

No hay comentarios:

Publicar un comentario